Románticas
publicaciones de jesús delgado
sábado, 2 de julio de 2016
Proyecto de radio comunitaria de la UPTM "K.R."
Mérida,
Abril - Mayo de 2016
TRABAJO:
Radios
comunitarias
Diplomado
en Locución
Profesora
María Alejandra Albornoz
Institución
universitaria responsable: UPEL
Estudiante:
Jesús A. Delgado M.
C.I.:
7168412
NOTA: Publicado en este BLOG como una práctica del Taller : " uso de las TIC en la Radio ". Taller dictado por el Profesor Luis Escalante, Facilitador.
NOTA: Este proyecto está en ejecución y es parte del Trabajo de Grado como Licenciado en el Programa de Estudios Abiertos de la UPTM "K.R." del Profesor Nelson Pérez, Docente y trabajador de UPTM "K.R."
Introducción
Introducción
El
presente trabajo, representa la entrega de la tarea asignada por la
Profesora responsable del contenido: Radio comunitarias en el
Diplomado de Locución. Es un trabajo grupal cuyos responsables son:
Carlos Zambrano, Carlos León, Juliana ..., Jesús Delgado. La
referencia bibliohemerográfica fundamental para la elaboración del
Proyecto es el trabajo de investigación del Profesor Nelson Perespublicaciones de jesús delgadoProyecto de Radio comunitaria de la Uptm "K.R."proyecto de radio comunitaria de la UPTM "K.R."
así como otros documentos de importancia directa e indirecta. Con
ellos hemos planteado algunos cambios y adecuaciones del proyecto de
Radio que se encuentra en ejecución: “creación y puesta en
marcha de una Radio universitaria y su funcionamiento a los fines de
atender las necesidades, intereses y problemáticas en la UPTM “K.R”
en materia comunicacional, sustentada en la Política editorial de la
Uptm “K.R.” , dicha política es coordinada desde la Oficina del
Área de Gestión editorial. Todo este esfuerzo está dirigido con la
firme intención de ampliar lo existente y así continuar
contribuyendo en la ejecución de los proyectos acorde a las
circunstancias emergentes producto de la di/analéctica
socio-cultural e histórica basada en la convivencia
ecológica-ambiental y productiva de nuestra casa de estudios.
Nombre
de la Radio:
Radio
de la UPTM “Kléber Ramírez”, 90.1 FM
Reseña
histórica:
La
Radio tiene dos (2) años en funcionamiento, desde el 23 de
septiembre del 2013, fecha en que comenzó sus trasmisiones como UPTM
90.1 FM, de esta manera llega a consolidarse aún más de lo que ya
se había consolidado, se está planificando que en un futuro muy
cercano, se presente el proyecto que la sustenta ante la OPSU para la
búsqueda de financiamiento y así tener presupuesto para la
consolidación de la Radio, al mismo tiempo sirva de ejemplo al resto
de las UPT en el País como un proyecto bandera y piloto. El objetivo
central sería que dichas Universidades tengan una Estación Radial
propia, como órgano oficial de divulgación, entretenimiento,
educación y recreación de dichas casas de estudio, bajo los fines,
formato y el concepto que se consideran en la UPTM 90.1 FM, con la
adecuada sustentación, técnica, programática y personal
capacitado, adecuándolas a la realidad económica, cultural, social
y territorial de cada ciudad o estado donde esté ubicada cada UPT.
“Visión
y misión”:
Una
visión muy clara orientada a mantener un estilo diferente en la
cantidad y calidad de los contenidos de los programas radiales,
basados en una memoria descriptiva sustentada en la recopilación de
datos históricos, fechas, lugares, autores y géneros musicales
tradicionales y contemporáneos, tomando en consideración
fundamental, que nuestro país es sumamente rico en folklore
costumbres y estilos musicales
Una
meta bien planteada; ser la imagen comunicacional, dentro y fuera
de nuestras fronteras de la UPTM, para acentuar esa esencia de
territorialidad con la cual fuimos creados como Universidad
Politécnica, conjugando para ello también la participación de los
distintos núcleos de nuestra casa de estudio de forma directa o
indirecta, como productores de programas o en su defecto como actores
de los mismos.
Objetivos
bien claros, entrelazar las relaciones interinstitucionales a
través de la radio con nuestros estudiantes que son nuestra
principal razón de ser, la comunidad de Ejido y sus adyacencias, las
demás instituciones educativas, culturales, consejos comunales y
organizaciones artísticas que hacen vida en nuestro espacio
territorial, para fortalecer de forma directa el quehacer cultural de
esta tierra de Cañamieles y así saldar una vieja deuda de sentido
de pertenecía que el antiguo IUTE no tuvo para con esta ciudad
La
Radio de la UPTM 90.1FM, por su esencia de emisora radiofónica de
una Universidad Politécnica es de corte netamente cultural,
institucional y educativo, por lo cual la academia aporta recursos
sustanciales en la producción de los programas radiales acorde a
cada uno de los PNF institucionales. En este sentido, es
prácticamente una obligación que cada Programa Nacional de
Formación(PNF) que se administra académicamente, tenga su
respectivo programa radial, para difundir sus Planes, Programas y
Proyectos ,objetivos, metas, logros y por supuesto el perfil
académico estudiantil en aras de divulgar la oferta de estudios
universitarios.
Los aspectos centrales podrían ser resumidos en dos propósitos:
1.
El rescate de nuestras tradiciones musicales, culturales y
folclóricas de cada región específica para reforzar la imperiosa
necesidad de ejercer verdadera Soberanía cultural, social y política
en dichos territorios.
2.
Utilizar la Radio como el principal órgano el divulgador del
verdadero que hacer universitario, en pro de cumplir con la inter
relación, Universidad – Comunidad, en el marco del rol de
Territorialidad que tienen que cumplir estas nacientes Universidades,
en el contexto de la realidad social y cultural que afronta nuestro
país.
Algunas ideas que definen el proyecto en ejecución:
“...
Resulta fundamental, revisar en la ejecución del proyecto los
siguientes aspectos: quiénes son los que van a producir y conducir
los programas y los espacios radiales ; garantizar el conocimiento
básico de lo que están desarrollando; velar porque utilicen un
lenguaje acorde, fresco y entendible por la gran mayoría de los
oyentes, sin tanto rebusques, ni adornos, pero con propiedad y
claridad; hacer prevalecer la academia y desarrollar un nivel de
radio que debe ser apuntando a los más altos estándares de calidad;
que utilice un mejor nivel del lenguaje; y por supuesto, no se puede
tampoco consentir más piratería de la ya existente en la radio
Venezolana.
La
política de las estaciones radiales para las UPT, debe ser amplia a
partir del principio de exigir nivel de competitividad a quienes
trabajen dentro de ellas. La radio como tal, debe ser dinámica, y
ésta debe ser titánica, fuerte, todos unidos y comprometidos a
convertir a cada estación en la cual están participando, en la
mejor radio del la ciudad, en base a trabajo, bien orientado y
formulado, a través de objetivos bien diseñados, y esquemas reales
a cumplir
El
recurso humano, que vaya a trabajar bien sea operadores, productores
y locutores debe tener una preparación integral. Ésta debe ser
fundamental pues al fin y al cabo es la materia prima que contamos
para conseguir la excelencia dentro de las posibles estaciones
radiales para las UPT
Lograr
desarrollar una programación, diversa pero sustanciosa, coherente,
interactiva, sin perder en ningún momento la perspectiva que cada
programa tiene su identidad propia según su naturaleza. Que si no se
tiene nada importante que decir, si no se tiene producción ni
contenidos preparados es mejor colocar música, que al fin y al cabo
es el elemento primordial, la materia prima con que una radio se
defiende y en nuestro caso en particular como ya lo hemos reiterado
nuestra muisca da para muchas horas de diversa y buena programación,
lejos de una persona que solo hable por hablar. Es nuestra premisa el
que cada programa tenga de forma y de fondo un contenido de
relevancia e importancia y no seguir utilizando las redes sociales y
el internet para solamente cosas ociosas que en radio al oyente no le
dejan absolutamente nada. Se tiene que hacer radio para nuestros
oyentes, no para nosotros solamente, no podemos limitar nuestro
espectro, por simplemente colocar lo que le gusta al operador al
animador o al productor.
Crecer
como medio, conseguir el reconocimiento de la comunidad donde se
espera, adquirir feedback e interacción con la misma, y servir de
puente entre una sociedad más justa, dinámica y trabajadora,
cumpliendo con ello la premisa de territorialidad para la cual fue
creada nuestra casa de estudio
Es
menester trabajar en la búsqueda de la obtención de mayor sintonía,
por parte de la comunidad receptora, en su reconocimiento a través
del trabajo comunitario en la calle y en la radio, en mejorar cada
día con el trabajo organizado y profundizado, a través de la
investigación de las costumbres y tradiciones de la comunidad donde
se opera y finalmente llevar los resultados obtenidos de dichas
investigaciones al plano de la practica dentro de los programas, para
mejorar cada día, para hacer una buena radio.
La música en una radio UPT
En
principio, por la naturaleza de la Radio, de ser un órgano oficial
de una Universidad, la música venezolana en todos sus géneros,
manifestaciones, intérpretes y compositores será en casi un 80 % el
componente principal de la parrilla musical de programación.
En
nuestro caso particular, para fundamentar la esencia misma de lo que
queremos hacer con la columna vertebral de nuestra programación que
insistimos es la música, vamos a citar textualmente el marco
jurídico que nos asiste para fortalecer aún más nuestra teoría
venezolanista en toda la extensión de la palabra.
El
artículo 14 de la ley Resorte correspondiente a la democratización
en los servicios de Radio y televisión establece en uno de sus
Apartes lo siguiente:
“Durante
los horarios todo usurario y supervisado, los servicios de radio o
televisión que difundan obras musicales, deberán destinar a la
difusión de obras musicales venezolanas, al menos un cincuenta por
ciento (50%) de su programación musical diaria”
Para
mayor claridad en torno a esos horarios la misma ley establece en su
artículo 7, Capitulo II de la difusión de los mensajes, tipos
bloques de horario y restricciones por horario cuales son los
horarios todo usuario y supervisado:
“Artículo
7. A los efectos de esta Ley se establecen los siguientes tipos y
bloques de horarios:
1.
Horario todo usuario: es aquél durante el cual sólo se podrá
difundir mensajes que puedan ser recibidos por todos los usuarios y
usuarias, incluidos niños, niñas y adolescentes sin supervisión de
sus madres, padres, representantes o responsables. Este horario está
comprendido entre las siete antemeridiano y las siete postmeridiano.
2.
Horario supervisado: es aquél durante el cual se podrá
difundir mensajes que, de ser recibidos por niños, niñas y
adolescentes, requieran de la supervisión de sus madres, padres,
representantes o responsables. Este horario está comprendido entre
las cinco antemeridiano y las siete antemeridiano y entre las siete
postmeridiano y las once postmeridiano.
3.
Horario adulto: es aquél durante el cual se podrá difundir
mensajes que están dirigidos exclusivamente para personas adultas,
mayores de dieciocho años de edad, los cuales no deberían ser
recibidos por niños, niñas y adolescentes. Este horario está
comprendido entre las once postmeridiano y las cinco antemeridiano
del día siguiente.”
Pero
para seguir con la fundamentación se retoma el artículo 14 de la
ley Resorte correspondiente a la democratización en los servicios de
Radio y televisión que también reza en uno de sus apartes lo
siguiente:
“Al
menos un cincuenta por ciento (50%) de la difusión de obras
musicales venezolanas, se destinará a la difusión de obras
musicales de tradición venezolana, en las cuales se deberá
evidenciar, entre otros:
1.
La presencia de géneros de las diversas zonas geográficas del
país;
2.
El uso del idioma castellano o de los idiomas oficiales indígenas;
3.
La presencia de valores de la cultura venezolana;
4.
La autoría o composición venezolanas,
5.
La presencia de intérpretes venezolanos.
La
determinación de los elementos concurrentes y los porcentajes de
cada uno de éstos será establecido por las normas que a tal efecto
se dicten. Al difundir las obras musicales venezolanas se deberán
identificar sus autores, autoras, intérpretes y género musical al
cual pertenecen”
La
propuesta constituye un verdadero reto, pues la data de música con
la cual cuenta UPTM 90.1 FM es casi cercana a las 2000 obras
musicales venezolanas y obras musicales, de tradición venezolana, lo
que implica un trabajo largo pero muy necesario el cual poco a poco
hemos comenzado a realizar.
Siguiendo
con el marco legal para establecer la razón de ser de la parrilla
musical diaria y cotidiana el 14 de marzo del 2005 y mediante Gaceta
oficial Nº 38.153, fue publicada una providencia administrativa que
establece las normas sobre la difusión de obras musicales en los
servicios de radio y televisión, la cual señala en su Capítulo 1
lo siguiente:
“ARTICULO
1.- Objeto. Las presentes normas tienen por objeto desarrollar
las disposiciones referidas a la difusión de obras musicales
venezolanas, de tradición venezolana, latinoamericanas y del Caribe,
por los prestadores de servicios de radio y televisión de
conformidad con la Ley de Responsabilidad Social en Radio y
Televisión.
ARTÍCULO
2.- Definiciones. A los efectos de las presentes normas se
entenderá por:
1.
Obra musical venezolana: composición basada en formas musicales
originarias, populares, contemporáneas o académicas, entre otras,
que contengan, de forma concurrente, tres de los cinco elementos
establecidos en el artículo 5 de las presentes normas.
2.
Obra musical de tradición venezolana: composición que integra
elementos de la raíz musical venezolana que expresa los valores
culturales esenciales de nuestra identidad, y que contiene de manera
concurrente, cuatro de los cinco elementos, siendo obligatorios los
elementos a, b y c de las presentes normas.
3.
Obras musicales de Latinoamérica y del Caribe: composiciones de
carácter popular, contemporánea o académica, entre otras, que
resalten valores esenciales que identifican la cultura de cada región
de Latinoamérica y del Caribe.”
A
propósito de esos cinco elementos que describen una obra musical
venezolana, una obra musical de tradición venezolana la misma
providencia anteriormente descrita establece en su artículo 5 dichos
elementos de la siguiente manera:
“ARTICULO
5.- Elementos concurrentes que definen las obras musicales
venezolanas y de tradición venezolana. En las obras musicales
venezolanas y de tradición venezolana, se deben considerar los
siguientes elementos:
a)
La presencia de géneros musicales de las diversas zonas geográficas
del país.
b)
El uso del idioma castellano o de los idiomas oficiales indígenas.
c)
La presencia de valores de la cultura venezolana.
d)
La autoría o composición venezolanas.
e)
La presencia de intérpretes venezolanos.
Para
que una obra musical sea considerada venezolana debe contener tres de
los cinco elementos concurrentes establecidos en el presente
artículo, salvo en caso de obras musicales instrumentales donde no
será exigible el elemento b, por lo que sólo deberán concurrir dos
de los elementos mencionados en el segundo párrafo de este artículo.
A
los efectos de considerar una obra musical como de tradición
venezolana, deberán concurrir cuatro de los cinco elementos
previstos en el presente artículo, siendo obligatorios los elementos
a, b y c, salvo en los casos, de obras musicales instrumentales y de
géneros musicales originarios o tradicionales de zonas geográficas
venezolanas donde la incidencia de idiomas extranjeros constituya un
elemento integrante de su cultura, en los cuales el literal b no será
considerado obligatorio.”
En
este parágrafo entra a relucir la consideración como obra musical
tradicional Venezolana, uno de los géneros más contagiosos de
nuestro folklore como lo es el Calipso guayanés que tiene inmerso la
influencia del inglés como idioma y elemento integrante de la
cultura propia de la región.
Esa
misma providencia también establece los porcentajes de difusión de
las obras musicales venezolanas y de tradición Venezolana en su
Capítulo 2
“ARTICULO
3.- Porcentaje. Los prestadores de servicios de radio y
televisión que no estén ubicados en los estados y municipios
fronterizos del territorio nacional, difundirán del total de su
programación musical diaria, al menos un cincuenta por ciento de
obras musicales venezolanas.
Del
total de la programación diaria de obras musicales venezolanas, los
prestadores de radio y televisión que no estén ubicados en los
estados y municipios fronterizos del territorio nacional, dedicarán
al menos un cincuenta por ciento a la difusión de obras musicales de
tradición venezolana, según la definición establecida en el
numeral 2 del artículo 2 de las presentes normas.”
La
base de cálculo para la determinación de los porcentajes a los
cuales se refiere el presente artículo, será el tiempo total de la
programación musical diaria, tomando en cuenta sólo aquellas obras
que sean difundidas en su totalidad.”
Aunado
a toda esta perfecta definición de cómo debe ser la difusión de
las obras musicales venezolanas y de tradición Venezolana, la misma
providencia también establece como debe ser la distribución
equitativa y no discriminatoria en la difusión de obras musicales en
su artículo 4:
“La
distribución en la difusión de obras musicales venezolanas y de
tradición venezolana, deberá efectuarse atendiendo a las
condiciones siguientes:
1.
Diversidad de compositores, compositoras e intérpretes.
2.
Distribución equitativa y no discriminatoria en la difusión de
obras musicales.
3.
Diversidad de géneros musicales de las distintas zonas geográficas
del país.
4.
Inclusión de obras musicales donde participen niños, niñas y
adolescentes como compositores, compositoras e intérpretes.
Las
obras musicales venezolanas y de tradición venezolana se difundirán
en el transcurso del horario Todo Usuario y Supervisado de forma
proporcional.
La
difusión de obras musicales de Latinoamérica y del Caribe se
transmitirá en el horario Todo Usuario y Supervisado”.
En
base a todo este marco legal que permite consolidar nuestra propuesta
para que la programación de UPTM 90.1 Fm se fundamente en música
venezolana prácticamente en su totalidad y, aunque más adelante se
hará el análisis de cada uno de los programas planteados y su razón
de ser, se presentan a continuación la parrilla actual de
programación y que en base a la providencia anteriormente expuesta
se puede determinar el porcentaje de obras musicales Venezolanas,
obras de tradición musical venezolana y obras musicales de
Latinoamérica y del Caribe radiadas durante las 24 horas de
programación.
A manera de estudio exploratorio
Parrilla
de programación (Septiembre 2015) (ver descripción de élla más
abajo )
Son
en total 32 programas los que en este momento son radiados, la razón
de ser de ellos será explicada más adelante, en torno a la Ley
Resorte y los contenidos programáticos que la misma establece.
Esos
32 programas, con sus respectivas retrasmisiones suman 66 horas de
programación semanal.
El
total de horas de programación semanal equivale a multiplicar 7 días
de la semana por 24 horas diarias lo que arroja como resultado 168
horas de programación semanal ininterrumpida.
Sin
sumar las horas de música de cada uno de esos 32 programas, las
cuales analizaremos más adelante en otro cuadro esquemático,
tenemos que afirmar responsablemente que más de la mitad de esos
programas utilizan en su contenido musical obras musicales
venezolanas y obras de tradición musical venezolana, siendo algunos
de estos programas inclusive de opinión. Esto nos arroja que más
del 50% de nuestra programación se fundamenta en música Venezolana
de toda índole.
Si
le restamos a las 168 horas de programación semanal las 66 horas que
representan los programas radiados existentes en la parrilla
programática en estos momentos, nos quedan 102 horas semanales para
solo colocar música.
De
esas 102 horas semanales para solo colocar música que restan, 14 son
de música instrumental del mundo que colocamos de 12 a 2 de la tarde
y que por cierto nos ha dado excelentes resultados desde el punto de
vista de la audiencia, con un raiting (margen de sintonía) muy
elevado para esa hora. Estas 14 horas forman parte de Obras musicales
de Latinoamérica y del Caribe de las cuales el artículo 14 de la
ley Resorte correspondiente a la democratización en los servicios de
Radio y televisión establece en uno de sus Apartes lo siguiente:
“Durante
los horarios todo usuario y supervisado, los servicios de radio o
televisión que difundan obras musicales extranjeras, deberán
destinar al menos un diez por ciento (10%) de su programación
musical diaria, a la difusión de obras musicales de autores,
autoras, compositores, compositoras o intérpretes de Latinoamérica
y del Caribe”
La
nueva sustracción nos da como resultado, 88 horas de programación
restante para solo música en la semana.
Finalmente
de nuevo hay que realizar otra resta a esas 88 horas. 7 horas
semanales de 6 a 7 de la noche, donde refrescamos nuestra
programación con mas Obras musicales de Latinoamérica y del Caribe
como son los boleros, las rancheras suaves y las baladas de los años
70 y 80, que también nos ha dado excelentes resultados desde el
punto de vista de la audiencia, con un raiting también muy elevado
para esa hora.
Esas
21 horas de Obras musicales de Latinoamérica y del Caribe están
sustentadas exclusivamente en ese horario que explicamos
anteriormente fundamentalmente por 4 razones.
1.
De 12 a 2 de la tarde las personas por lo general están en horario
de almuerzo y hay quienes en casa toman un pequeño descanso para
continuar con la jornada diaria. Pues bien esa música instrumental
relaja y es un excelente acompañante para la hora de la comida.
2.
La mayoría de las Radios en Mérida a esa hora tienen programas de
índole informativo, deportiva y de variedades. Nosotros venimos a
ser una opción distinta para quienes aprecien un buen momento de
relajación par bajar un poco el stress, con buena música
instrumental.
3.
De 6 a 7 de la noche, en nuestra ciudad, las colas para el regreso a
casa después de la jornada de trabajo se hacen interminables y mucha
gente cansada de su jornada diaria de trabajo, prefiere escuchar algo
suave que lo trasporte inclusive a un sus mejores recuerdos, y nada
mejor que los Boleros, las baladas y las rancheras para ello.
4.
Precisamente a esa hora, la programación radial es otra opción para
el radioescucha merideño, pues son muy pocas las estaciones radiales
que no han entendido que a esa hora, después de todo un día de
trabajo, los habitantes están saturada de tanto perreo, sandungueo y
bailoteo (expresiones cotidianas de nuestra nueva realidad urbana,
desde la reflexión del Regeton)
En
definitiva lo que quedan exactamente son 81 horas efectivas para
colocar música. Música venezolana en los 2 contextos que rige la
ley, obras musicales venezolanas y obras de tradición musical
venezolana.
Si
lo reflejamos en base a porcentajes tenemos el siguiente cuadro
Horas
de programación
|
Cantidad
de horas
|
Porcentaje
en
programación
|
Horas
de programas Radiados a la semana (programas contenidos en la
parrilla de programación)
|
66
|
39.28
%
|
Horas
de Obras musicales de Latinoamérica y del Caribe (Solo música)
|
21
|
12.5
%
|
Horas
de obras musicales venezolanas y obras de tradición musical
venezolana (Solo música)
|
81
|
48.21
%
|
Total
de Horas de Programación semanal
|
168
|
100%
|
En
cuanto a la referencia jurídica que deviene de la ley Resorte para
establecer los parámetros que cumplen nuestros 31 programas. El
artículo 13 de dicha ley establece:
“Se
entenderá por producción audiovisual o sonora nacional, los
programas, la publicidad o la propaganda, difundidos por prestadores
de servicios de radio y televisión, en cuya creación, dirección,
producción y postproducción se pueda evidenciar la presencia de los
elementos que se citan a continuación:
1.
Capital venezolano.
2.
Locaciones venezolanas.
3.
Guiones venezolanos.
4.
Autores o autoras venezolanas.
5.
Directores o directoras venezolanos.
6.
Personal artístico venezolano.
7.
Personal técnico venezolano.
8.
Valores de la cultura venezolana.
La
determinación de los elementos concurrentes y los porcentajes de
cada uno de ellos será dictada por el Directorio de Responsabilidad
Social mediante normas técnicas. En todo caso, la presencia de los
elementos anteriormente citados en su conjunto no deberá ser
inferior al setenta por ciento (70%).”
En
este caso muy concreto todo el talento humano, los productores son
Venezolanos y se le ha dado prioridad al componente académico en un
70 % por ser nuestra Institución una Universidad, obviamente eso
marca de entrada un precedente importante, sin olvidar que también
se han incorporado en la programación una buena parte de actores de
nuestra comunidad, estudiantes, personal administrativo y de
servicios de esta casa de estudios como productores independientes.
Siguiendo
con la referencia jurídica de la ley resorte El artículo 14 de la
misma correspondiente a la democratización en los servicios de Radio
y televisión establece en uno de sus Apartes lo siguiente:
“Artículo
14. Los prestadores de servicios de radio y televisión deberán
difundir, durante el horario todo usuario, un mínimo de tres horas
diarias de programas culturales y educativos, informativos o de
opinión y recreativos dirigidos especialmente a niños, niñas y
adolescentes, presentados acordes con su desarrollo integral, con
enfoque pedagógico y de la más alta calidad”
En
ese mismo artículo también se hace referencia a lo siguiente:
“Los
prestadores de servicios de radio y televisión deberán difundir
diariamente, durante el horario todo usuario, un mínimo de siete
horas de programas de producción nacional, de las cuales un mínimo
de cuatro horas será de producción nacional independiente.
Igualmente, deberán difundir diariamente, durante el horario
supervisado, un mínimo de tres horas de programas de producción
nacional, de los cuales un mínimo de una hora y media será de
producción nacional independiente.”
Al
respecto a la exigencia lega, está más que cubierta debido a que
del 100% de los programas incluidos en la parrilla, el 90 % son en su
totalidad, producción nacional y producción nacional independiente.
Pero
lo que poderosamente posesiona la teoría de este estilo y esta
programación que se ha diseñado para UPTM 90.1 FM, está también
fundamentada en este Articulo 14 de la Ley Resorte, dice lo
siguiente:
“En
las horas destinadas a la difusión de programas de producción
nacional independiente, los prestadores de servicios de radio o
televisión darán prioridad a los programas culturales y educativos
e informativos”
Por
la condición de ser una casa de estudios universitarios y UPTM 90.1
FM el principal instrumento de información y divulgación, será
siempre fundamental mantenerle la prioridad a los programas
culturales, educativos e informativos y más aun, lograr mayor
difusión de los mismos aprovechando que el área de cobertura
geográfica real probada es la siguiente:
Al
norte toda la zona adyacente hasta Jají, La Carbonera, La Trampa, la
mesa de los indios El páramo de los Conejos y buena parte de la
Sierra de la Culata
Al
sur toda la zona adyacente hasta Acequias, Tierra negra, El Morro y
El Plan del Morro
Al
este toda la zona adyacente hasta el segundo túnel Caña Brava de la
carretera nacional Rafael Caldera troncal 008. Todo el Municipio
Sucre, Mesa Bolívar, Chiguara
Al
oeste toda la zona adyacente hasta la Laguna de Mucubají. Lo que
implica por supuesto que toda la Ruta del Páramo hasta la mencionada
laguna, es cubierta por nuestra señal.
Esto
trae como beneficio implícito que nuestro carácter de Emisora
institucional nos va a permitir realizar el trabajo deseado de
difusión e impulso de toda nuestra programación y de nuestra música
por el simple hecho de tener un área de cobertura bien importante.
Eso también significa cumplir con el rol de Territorialidad que debe
tener la UPTM Kléber Ramírez en Mérida, ejercida a través de su
señal Radiofónica UPTM 90.1FM
Planta
trasmisora UPTM 901.Fm. Fundo Milagro Elena Escuque
Vista
local del área de cobertura de UPTM 90.1FM en el zona metropolitana
de Mérida
Todo
esto gracias a que la potencia efectiva de transmisión que en este
momento tiene nuestro trasmisor es de 1 Kw y que nuestra planta
repetidora ubicada en el Fundo Milagro Elena en la parte Alta del
sector Escuque ubicado en la parroquia Ignacio Fernández Peña
perteneciente al Municipio Campo Elías se encuentra ubicada a 2220
Mts sobre el nivel del mar.
Curvas
de nivel, donde se encuentra ubicada la planta trasmisora de UPTM
90.1 FM. Fundo Milagro Elena, parte Alta del sector Escuque, ubicado
en la parroquia Ignacio Fernández Peña perteneciente al Municipio
Campo Elías se a 2200 mts
Fundamentados
entonces nuevamente en la ley resorte extraemos un nuevo fragmento
para luego establecer la clasificación de los 32 programas que hemos
mantenido al aire. Según dicha ley. La misma en su artículo 5
establece los tipos de programa que deben ser trasmitidos por las
estaciones radio y televisión de la siguiente forma:
“Artículo
5. A los efectos de la presente Ley se definen los siguientes tipos
de programas:
1.
Programa cultural y educativo: aquel dirigido a la formación
integral de los usuarios y usuarias en los más altos valores del
humanismo, la diversidad cultural, así como en los principios de la
participación protagónica del ciudadano en la sociedad y el Estado,
a los fines de hacer posible entre otros aspectos:
a)
Su incorporación y participación en el desarrollo económico,
social, político y cultural de la Nación.
b)
La promoción, defensa y desarrollo progresivo de los derechos
humanos, garantías y deberes, la salud pública, la ética, la paz y
la tolerancia.
c)
La preservación, conservación, defensa, mejoramiento y
mantenimiento del ambiente para promover el desarrollo sustentable
del hábitat, en su beneficio y de las generaciones presentes y
futuras.
d)
El desarrollo de las ciencias, las artes, los oficios, las
profesiones, las tecnologías y demás manifestaciones del
conocimiento humano en cooperación con el sistema educativo.
e)
El fortalecimiento de la identidad, soberanía y seguridad de la
Nación.
f)
La educación crítica para recibir, buscar, utilizar y seleccionar
apropiadamente la información adecuada para el desarrollo humano
emitida por los servicios de radio y televisión.
2.
Programa informativo: cuando se difunde información sobre
personas o acontecimientos locales, nacionales e internacionales de
manera imparcial, veraz y oportuna.
3.
Programa de opinión: dirigido a dar a conocer pensamientos,
ideas, opiniones, criterios o juicios de valor sobre personas,
instituciones públicas o privadas, temas o acontecimientos locales,
nacionales e internacionales.
4.
Programa recreativo o deportivo: dirigido a la recreación,
entretenimiento y el esparcimiento de los usuarios y usuarias, y no
clasifique como programa de tipo cultural y educativo, informativo o
de opinión.
5.
Programa mixto: el que combine cualquiera de los tipos de
programas anteriormente enumerados. ”
El
artículo 6 de la misma ley resorte establece los elementos
clasificados de lenguaje, salud, sexo y violencia para entender aun
mejor como deben ser enmarcados los mismos 32 programas de UPTM 90.1
FM que están en este momento al aire. Dicho artículo dice lo
siguientes.
“Artículo
6. A los efectos de esta Ley, se definen los siguientes elementos
clasificados: lenguaje, salud, sexo y violencia.
1.
Son elementos de lenguaje:
a)
Tipo “A”. Textos, imágenes o sonidos de uso común, que
pueden ser presenciados por niños, niñas y adolescentes sin que se
requiera la orientación de madres, padres, representantes o
responsables, y que no clasifiquen en los tipos “B” y “C”.
b)
Tipo “B”. Textos, imágenes o sonidos que, en su uso
común, tengan un carácter soez.
c)
Tipo “C”. Textos, imágenes o sonidos que, en su uso
común, tengan carácter obsceno, que constituyan imprecaciones, que
describan, representen o aludan, sin finalidad educativa explícita,
a órganos o prácticas sexuales o a manifestaciones escatológicas.
2.
Son elementos de salud:
a)
Tipo “A”. Textos, imágenes o sonidos utilizados para la
divulgación de información, opinión o conocimientos sobre la
prevención, tratamiento o erradicación del consumo de alcohol,
tabaco, sustancias estupefacientes o psicotrópicas, así como de la
práctica compulsiva de juegos de envite y azar y de otras conductas
adictivas que puedan ser presenciados por niños, niñas y
adolescentes sin que se requiera la orientación de madres, padres,
representantes o responsables.
b)
Tipo “B”. Textos, imágenes o sonidos utilizados para la
divulgación de información, opinión o conocimientos sobre la
prevención, tratamiento o erradicación del consumo de alcohol,
tabaco, sustancias estupefacientes o psicotrópicas, así como de la
práctica compulsiva de juegos de envite y azar y de otras conductas
adictivas, que de ser presenciados por niños, niñas y adolescentes
requieran la orientación de sus madres, padres, representantes o
responsables.
c)
Tipo “C”. Textos, imágenes o sonidos en los programas y
promociones que se refieran directa o indirectamente al consumo
moderado de alcohol o tabaco, sin que se expresen explícitamente sus
efectos nocivos o tengan como finalidad erradicar las conductas
aditivas que producen; al consumo excesivo de bebidas alcohólicas o
de tabaco, en los cuales se expresan explícitamente sus efectos
nocivos; a la práctica compulsiva a los juegos de envite y azar, en
los cuales se expresan explícitamente sus efectos nocivos; o, al
consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, en los cuales
se expresa explícitamente sus efectos nocivos.
d)
Tipo “D”. Textos, imágenes o sonidos en los programas y
promociones que directa o indirectamente se refieran al consumo
excesivo de bebidas alcohólicas o tabaco, en los cuales no se
exprese explícitamente sus efectos nocivos para la salud; se
refieran a la práctica compulsiva de juegos de envite y azar, en los
cuales no se exprese explícitamente sus efectos nocivos para la
salud; asocien el consumo de bebidas alcohólicas o tabaco con
ventajas en la posición económica, en la condición social o en el
ejercicio de la sexualidad; asocien la práctica compulsiva de juegos
de envite y azar, con ventajas en la posición económica, en la
condición social o en el ejercicio de la sexualidad; asocien el
consumo de bebidas alcohólicas o tabaco con una mejora en el
rendimiento físico o psicológico; presenten en forma negativa la
sobriedad o la abstinencia de bebidas alcohólicas y tabaco; se
refieran al consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas,
en las cuales no se expresen explícitamente sus efectos nocivos para
la salud; asocie el consumo de sustancias estupefacientes o
psicotrópicas con ventajas en la posición económica, en la
condición social o en el ejercicio de la sexualidad; asocien el
consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas con una mejora
en el rendimiento físico o psicológico; o presenten en forma
negativa la abstinencia de sustancias estupefacientes o
psicotrópicas.
3.
Son elementos de sexo:
a)
Tipo “A”. Textos, imágenes o sonidos utilizados para la
difusión de información, opinión y conocimiento sobre salud sexual
y reproductiva, maternidad, paternidad, promoción de la lactancia
materna y de expresiones artísticas con fines educativos, que pueden
ser recibidos por niños, niñas y adolescentes sin que se requiera
la orientación de madres, padres, representantes o responsables.
b)
Tipo “B”. Textos, imágenes o sonidos utilizados para la
difusión de información, opinión y conocimientos sobre sexualidad
y reproducción humana y de expresiones artísticas con fines
educativos, que de ser recibidas por niños, niñas y adolescentes,
requieran la orientación de sus madres, padres, representantes o
responsables.
c)
Tipo “C”. Textos, imágenes o sonidos sexuales implícitos
sin finalidad educativa; o manifestaciones o aproximaciones de
carácter erótico que no incluyan actos o prácticas sexuales
explícitas.
d)
Tipo “D”. Textos, imágenes o sonidos, sobre desnudez sin
finalidad educativa, en las cuales no se aludan o muestren los
órganos genitales; actos o prácticas sexuales dramatizados, en los
cuales no se muestren los órganos genitales; mensajes sexuales
explícitos; o dramatización de actos o conductas sexuales que
constituyan hechos punibles, de conformidad con la Ley.
e)
Tipo “E”. Textos, imágenes o sonidos sobre actos o
prácticas sexuales reales; desnudez sin finalidad educativa en las
cuales se muestren los órganos genitales; actos o prácticas
sexuales dramatizados en los cuales se aludan o muestren los órganos
genitales; actos o prácticas sexuales reales o dramatizados en los
cuales se amenace o viole el derecho a la vida, la salud y la
integridad personal o se menoscabe la dignidad humana; o actos o
conductas sexuales reales que constituyan hechos punibles de
conformidad con la Ley.
4.
Son elementos de violencia:
a)
Tipo “A”. Textos, imágenes o sonidos utilizados para la
prevención o erradicación de la violencia, que pueden ser
presenciados por niños, niñas y adolescentes sin que se requiera la
orientación de madres, padres, representantes o responsables,
siempre que no se presente el hecho violento o sus consecuencias en
forma detallada o explícita.
b)
Tipo “B”. Textos, imágenes o sonidos que presenten
violencia dramatizada o sus consecuencias de forma no explícita.
c)
Tipo “C”. Textos, imágenes o descripciones gráficas
utilizadas para la prevención o erradicación de la violencia, que
de ser recibidas por niños, niñas o adolescentes, requieren la
orientación de sus madres, padres, representantes o responsables,
siempre que no presenten imágenes o descripciones gráficas
detalladas o explícitas del hecho violento o sus consecuencias.
d)
Tipo “D”. Textos, imágenes o descripciones gráficas que
presenten violencia real o sus consecuencias, de forma no explícita;
o violencia dramatizada o sus consecuencias de forma explícita y no
detallada.
e)
Tipo “E”. Textos, imágenes o descripciones gráficas que
presenten violencia real o dramatizada, o sus consecuencias de forma
explícita y detallada; violencia física, psicológica o verbal
entre las personas que integran una familia contra niños, niñas y
adolescentes o contra la mujer; violencia sexual, la violencia como
tema central o un recurso de impacto reiterado; o que presenten,
promuevan, hagan apología o inciten al suicidio o a lesionar su
propia integridad personal o salud personal. ”
Con
todo este argumento legal y conservando por supuesto el espíritu
académico que por naturaleza debe mantener nuestra estación, al
momento de seleccionar los programas que iban a formar parte de
nuestra parrilla programática, se establecieron ciertos parámetros
fundamentales para conceder los espacios radiales a los futuros
productores que formarían parte del equipo de trabajo de UPTM 90.1
FM:
1.
Prioridad a los programas Culturales Y educativos
2.
Que mantuviesen elementos del Lenguaje, sexo, salud y violencia
preferiblemente en los extractos A y B
Basados
entonces en todo este contexto legal, y en las 2 premisas
anteriormente descritas, presentamos a continuación un cuadro
esquemático para demostrar la clasificación, elementos de lenguaje,
salud, sexo y violencia que establece la ley resorte para los 32
programas existentes en nuestra parrilla programática, la natural
eza y esencia de los mismos, su horario y el tipo de música que cada
uno utiliza.
Estos
32 programas existen y se están radiando a través de UPTM 90.1
FM, prácticamente en su mayoría desde hace 2 años, tiempo de
trasmisiones continuas que nuestra señal lleva al aire desde el
pasado 23 de septiembre del 2013, lo que implica de cierta forma que
este proyecto tiene precisamente esos 2 mismos años en ejecución y
que los resultados han sido muy satisfactorios a
través
del reconocimiento de diversas instituciones públicas, que se han
apoyado con nuestra programación para difundir información y
contenidos educativos, como es el caso concreto de IIMPRADEM, a
través de su programa Protección Civil Somos Todos, La Comuna 27 de
Febrero de los Curos con su espacio Comuna desde adentro y hacia
afuera, La Misión Robinson de Ejido, así como muchas otras que se
han apoyado a través de promociones institucionales. Y, quizás lo
más importante; el contacto directo por la línea telefónica y la
mensajería de texto directa al 0414 756 74 17, para felicitarnos por
la programación, incluso, para solicitar obras musicales venezolanas
y tradicionales Venezolanas, lo que nos da pie para argumentar que
poco a poco los objetivos se están alcanzando ” (Pérez, N. 2015)
Programación
radial actual en el año 2016:
Estructura
organizativa de la Radio:
Coordinación
General: Rector Ángel Antúnez
Dirección
General: Lic. Edilberto Rodríguez
Coordinación
de Programación y Jefe de Grabación:
Lic.
Nelsón Pérez
Operadores
de Audio:
Adelis
Pérez, Wilber Sánchez, José Zerpa
Aporte
presupuestario:
La
Universidad Politécnica aporta el pago de cada uno de los miembros
de la estructura organizativa de la Radio.
Recomendaciones:
-
Fundamentar el proyecto de la Radio con los sustentos teóricos/prácticos de la Política editorial de la Uptm “K.R.” a los fines de coordinar los Planes, Programas y Proyectos institucionales universitarios y de esta manera desarrollar actividades fundamentales conjuntas en la gestión de conocimiento productivo.
-
Aumentar el número de programas educativos dirigidos a las escuelas, liceos, unidades de producción, fundos zamoranos
-
Conseguir apoyo económico de otras instituciones del Estado venezolano para el desarrollo del Proyecto de la Radio.
-
agregar otras recomendaciones que ustedes consideren
Bibliohemerografía(
falta formalizar la presentación de las referencias, al finalizarlos
aportes del equipo se conforma la bibliohemerografía):( falta)
CRBV(1999). Imprenta del estado venezolano.
Delgado,
J (2015). Política editorial y gestión de conocimiento. Memorias
del V Taller Internacional Humanísticas 2015. Varadero- República
de Cuba.
LOE(2008). Imprenta del estado venezolano
LOTTT( año ). Imprenta del estado venezolano
Suscribirse a:
Entradas (Atom)