sábado, 2 de julio de 2016

Alejandro Sanz

Románticas

Proyecto de radio comunitaria de la UPTM "K.R."



Mérida, Abril - Mayo de 2016

TRABAJO:
Radios comunitarias
Diplomado en Locución
Profesora María Alejandra Albornoz
Institución universitaria responsable: UPEL
Estudiante: Jesús A. Delgado M.
C.I.: 7168412

NOTA: Publicado en este BLOG como una práctica del Taller : " uso de las TIC en la Radio ". Taller dictado por el Profesor Luis Escalante, Facilitador.
NOTA: Este proyecto está en ejecución y es parte del Trabajo de Grado como Licenciado en el Programa de Estudios Abiertos de la UPTM "K.R." del Profesor Nelson Pérez, Docente y trabajador de UPTM "K.R."

Introducción


El presente trabajo, representa la entrega de la tarea asignada por la Profesora responsable del contenido: Radio comunitarias en el Diplomado de Locución. Es un trabajo grupal cuyos responsables son: Carlos Zambrano, Carlos León, Juliana ..., Jesús Delgado. La referencia bibliohemerográfica fundamental para la elaboración del Proyecto es el trabajo de investigación del Profesor Nelson Perespublicaciones de jesús delgadoProyecto de Radio comunitaria de la Uptm "K.R."proyecto de radio comunitaria de la UPTM "K.R." así como otros documentos de importancia directa e indirecta. Con ellos hemos planteado algunos cambios y adecuaciones del proyecto de Radio que se encuentra en ejecución: “creación y puesta en marcha de una Radio universitaria y su funcionamiento a los fines de atender las necesidades, intereses y problemáticas en la UPTM “K.R” en materia comunicacional, sustentada en la Política editorial de la Uptm “K.R.” , dicha política es coordinada desde la Oficina del Área de Gestión editorial. Todo este esfuerzo está dirigido con la firme intención de ampliar lo existente y así continuar contribuyendo en la ejecución de los proyectos acorde a las circunstancias emergentes producto de la di/analéctica socio-cultural e histórica basada en la convivencia ecológica-ambiental y productiva de nuestra casa de estudios.


Nombre de la Radio:

Radio de la UPTM “Kléber Ramírez”, 90.1 FM

Reseña histórica:

La Radio tiene dos (2) años en funcionamiento, desde el 23 de septiembre del 2013, fecha en que comenzó sus trasmisiones como UPTM 90.1 FM, de esta manera llega a consolidarse aún más de lo que ya se había consolidado, se está planificando que en un futuro muy cercano, se presente el proyecto que la sustenta ante la OPSU para la búsqueda de financiamiento y así tener presupuesto para la consolidación de la Radio, al mismo tiempo sirva de ejemplo al resto de las UPT en el País como un proyecto bandera y piloto. El objetivo central sería que dichas Universidades tengan una Estación Radial propia, como órgano oficial de divulgación, entretenimiento, educación y recreación de dichas casas de estudio, bajo los fines, formato y el concepto que se consideran en la UPTM 90.1 FM, con la adecuada sustentación, técnica, programática y personal capacitado, adecuándolas a la realidad económica, cultural, social y territorial de cada ciudad o estado donde esté ubicada cada UPT.


Visión y misión”:

Una visión muy clara orientada a mantener un estilo diferente en la cantidad y calidad de los contenidos de los programas radiales, basados en una memoria descriptiva sustentada en la recopilación de datos históricos, fechas, lugares, autores y géneros musicales tradicionales y contemporáneos, tomando en consideración fundamental, que nuestro país es sumamente rico en folklore costumbres y estilos musicales
Una meta bien planteada; ser la imagen comunicacional, dentro y fuera de nuestras fronteras de la UPTM, para acentuar esa esencia de territorialidad con la cual fuimos creados como Universidad Politécnica, conjugando para ello también la participación de los distintos núcleos de nuestra casa de estudio de forma directa o indirecta, como productores de programas o en su defecto como actores de los mismos.
Objetivos bien claros, entrelazar las relaciones interinstitucionales a través de la radio con nuestros estudiantes que son nuestra principal razón de ser, la comunidad de Ejido y sus adyacencias, las demás instituciones educativas, culturales, consejos comunales y organizaciones artísticas que hacen vida en nuestro espacio territorial, para fortalecer de forma directa el quehacer cultural de esta tierra de Cañamieles y así saldar una vieja deuda de sentido de pertenecía que el antiguo IUTE no tuvo para con esta ciudad

La Radio de la UPTM 90.1FM, por su esencia de emisora radiofónica de una Universidad Politécnica es de corte netamente cultural, institucional y educativo, por lo cual la academia aporta recursos sustanciales en la producción de los programas radiales acorde a cada uno de los PNF institucionales. En este sentido, es prácticamente una obligación que cada Programa Nacional de Formación(PNF) que se administra académicamente, tenga su respectivo programa radial, para difundir sus Planes, Programas y Proyectos ,objetivos, metas, logros y por supuesto el perfil académico estudiantil en aras de divulgar la oferta de estudios universitarios.


Los aspectos centrales podrían ser resumidos en dos propósitos:



1. El rescate de nuestras tradiciones musicales, culturales y folclóricas de cada región específica para reforzar la imperiosa necesidad de ejercer verdadera Soberanía cultural, social y política en dichos territorios.
2. Utilizar la Radio como el principal órgano el divulgador del verdadero que hacer universitario, en pro de cumplir con la inter relación, Universidad – Comunidad, en el marco del rol de Territorialidad que tienen que cumplir estas nacientes Universidades, en el contexto de la realidad social y cultural que afronta nuestro país.

Algunas ideas que definen el proyecto en ejecución:



... Resulta fundamental, revisar en la ejecución del proyecto los siguientes aspectos: quiénes son los que van a producir y conducir los programas y los espacios radiales ; garantizar el conocimiento básico de lo que están desarrollando; velar porque utilicen un lenguaje acorde, fresco y entendible por la gran mayoría de los oyentes, sin tanto rebusques, ni adornos, pero con propiedad y claridad; hacer prevalecer la academia y desarrollar un nivel de radio que debe ser apuntando a los más altos estándares de calidad; que utilice un mejor nivel del lenguaje; y por supuesto, no se puede tampoco consentir más piratería de la ya existente en la radio Venezolana.

La política de las estaciones radiales para las UPT, debe ser amplia a partir del principio de exigir nivel de competitividad a quienes trabajen dentro de ellas. La radio como tal, debe ser dinámica, y ésta debe ser titánica, fuerte, todos unidos y comprometidos a convertir a cada estación en la cual están participando, en la mejor radio del la ciudad, en base a trabajo, bien orientado y formulado, a través de objetivos bien diseñados, y esquemas reales a cumplir
El recurso humano, que vaya a trabajar bien sea operadores, productores y locutores debe tener una preparación integral. Ésta debe ser fundamental pues al fin y al cabo es la materia prima que contamos para conseguir la excelencia dentro de las posibles estaciones radiales para las UPT

Lograr desarrollar una programación, diversa pero sustanciosa, coherente, interactiva, sin perder en ningún momento la perspectiva que cada programa tiene su identidad propia según su naturaleza. Que si no se tiene nada importante que decir, si no se tiene producción ni contenidos preparados es mejor colocar música, que al fin y al cabo es el elemento primordial, la materia prima con que una radio se defiende y en nuestro caso en particular como ya lo hemos reiterado nuestra muisca da para muchas horas de diversa y buena programación, lejos de una persona que solo hable por hablar. Es nuestra premisa el que cada programa tenga de forma y de fondo un contenido de relevancia e importancia y no seguir utilizando las redes sociales y el internet para solamente cosas ociosas que en radio al oyente no le dejan absolutamente nada. Se tiene que hacer radio para nuestros oyentes, no para nosotros solamente, no podemos limitar nuestro espectro, por simplemente colocar lo que le gusta al operador al animador o al productor.

Crecer como medio, conseguir el reconocimiento de la comunidad donde se espera, adquirir feedback e interacción con la misma, y servir de puente entre una sociedad más justa, dinámica y trabajadora, cumpliendo con ello la premisa de territorialidad para la cual fue creada nuestra casa de estudio
Es menester trabajar en la búsqueda de la obtención de mayor sintonía, por parte de la comunidad receptora, en su reconocimiento a través del trabajo comunitario en la calle y en la radio, en mejorar cada día con el trabajo organizado y profundizado, a través de la investigación de las costumbres y tradiciones de la comunidad donde se opera y finalmente llevar los resultados obtenidos de dichas investigaciones al plano de la practica dentro de los programas, para mejorar cada día, para hacer una buena radio.

La música en una radio UPT


En principio, por la naturaleza de la Radio, de ser un órgano oficial de una Universidad, la música venezolana en todos sus géneros, manifestaciones, intérpretes y compositores será en casi un 80 % el componente principal de la parrilla musical de programación.
En nuestro caso particular, para fundamentar la esencia misma de lo que queremos hacer con la columna vertebral de nuestra programación que insistimos es la música, vamos a citar textualmente el marco jurídico que nos asiste para fortalecer aún más nuestra teoría venezolanista en toda la extensión de la palabra.
El artículo 14 de la ley Resorte correspondiente a la democratización en los servicios de Radio y televisión establece en uno de sus Apartes lo siguiente:
Durante los horarios todo usurario y supervisado, los servicios de radio o televisión que difundan obras musicales, deberán destinar a la difusión de obras musicales venezolanas, al menos un cincuenta por ciento (50%) de su programación musical diaria
Para mayor claridad en torno a esos horarios la misma ley establece en su artículo 7, Capitulo II de la difusión de los mensajes, tipos bloques de horario y restricciones por horario cuales son los horarios todo usuario y supervisado:
Artículo 7. A los efectos de esta Ley se establecen los siguientes tipos y bloques de horarios:
1. Horario todo usuario: es aquél durante el cual sólo se podrá difundir mensajes que puedan ser recibidos por todos los usuarios y usuarias, incluidos niños, niñas y adolescentes sin supervisión de sus madres, padres, representantes o responsables. Este horario está comprendido entre las siete antemeridiano y las siete postmeridiano.
2. Horario supervisado: es aquél durante el cual se podrá difundir mensajes que, de ser recibidos por niños, niñas y adolescentes, requieran de la supervisión de sus madres, padres, representantes o responsables. Este horario está comprendido entre las cinco antemeridiano y las siete antemeridiano y entre las siete postmeridiano y las once postmeridiano.
3. Horario adulto: es aquél durante el cual se podrá difundir mensajes que están dirigidos exclusivamente para personas adultas, mayores de dieciocho años de edad, los cuales no deberían ser recibidos por niños, niñas y adolescentes. Este horario está comprendido entre las once postmeridiano y las cinco antemeridiano del día siguiente.”
Pero para seguir con la fundamentación se retoma el artículo 14 de la ley Resorte correspondiente a la democratización en los servicios de Radio y televisión que también reza en uno de sus apartes lo siguiente:
Al menos un cincuenta por ciento (50%) de la difusión de obras musicales venezolanas, se destinará a la difusión de obras musicales de tradición venezolana, en las cuales se deberá evidenciar, entre otros:
1. La presencia de géneros de las diversas zonas geográficas del país;
2. El uso del idioma castellano o de los idiomas oficiales indígenas;
3. La presencia de valores de la cultura venezolana;
4. La autoría o composición venezolanas,
5. La presencia de intérpretes venezolanos.
La determinación de los elementos concurrentes y los porcentajes de cada uno de éstos será establecido por las normas que a tal efecto se dicten. Al difundir las obras musicales venezolanas se deberán identificar sus autores, autoras, intérpretes y género musical al cual pertenecen”
La propuesta constituye un verdadero reto, pues la data de música con la cual cuenta UPTM 90.1 FM es casi cercana a las 2000 obras musicales venezolanas y obras musicales, de tradición venezolana, lo que implica un trabajo largo pero muy necesario el cual poco a poco hemos comenzado a realizar.
Siguiendo con el marco legal para establecer la razón de ser de la parrilla musical diaria y cotidiana el 14 de marzo del 2005 y mediante Gaceta oficial Nº 38.153, fue publicada una providencia administrativa que establece las normas sobre la difusión de obras musicales en los servicios de radio y televisión, la cual señala en su Capítulo 1 lo siguiente:
ARTICULO 1.- Objeto. Las presentes normas tienen por objeto desarrollar las disposiciones referidas a la difusión de obras musicales venezolanas, de tradición venezolana, latinoamericanas y del Caribe, por los prestadores de servicios de radio y televisión de conformidad con la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión.
ARTÍCULO 2.- Definiciones. A los efectos de las presentes normas se entenderá por:
1. Obra musical venezolana: composición basada en formas musicales originarias, populares, contemporáneas o académicas, entre otras, que contengan, de forma concurrente, tres de los cinco elementos establecidos en el artículo 5 de las presentes normas.
2. Obra musical de tradición venezolana: composición que integra elementos de la raíz musical venezolana que expresa los valores culturales esenciales de nuestra identidad, y que contiene de manera concurrente, cuatro de los cinco elementos, siendo obligatorios los elementos a, b y c de las presentes normas.
3. Obras musicales de Latinoamérica y del Caribe: composiciones de carácter popular, contemporánea o académica, entre otras, que resalten valores esenciales que identifican la cultura de cada región de Latinoamérica y del Caribe.”
A propósito de esos cinco elementos que describen una obra musical venezolana, una obra musical de tradición venezolana la misma providencia anteriormente descrita establece en su artículo 5 dichos elementos de la siguiente manera:
ARTICULO 5.- Elementos concurrentes que definen las obras musicales venezolanas y de tradición venezolana. En las obras musicales venezolanas y de tradición venezolana, se deben considerar los siguientes elementos:
a) La presencia de géneros musicales de las diversas zonas geográficas del país.
b) El uso del idioma castellano o de los idiomas oficiales indígenas.
c) La presencia de valores de la cultura venezolana.
d) La autoría o composición venezolanas.
e) La presencia de intérpretes venezolanos.

Para que una obra musical sea considerada venezolana debe contener tres de los cinco elementos concurrentes establecidos en el presente artículo, salvo en caso de obras musicales instrumentales donde no será exigible el elemento b, por lo que sólo deberán concurrir dos de los elementos mencionados en el segundo párrafo de este artículo.
A los efectos de considerar una obra musical como de tradición venezolana, deberán concurrir cuatro de los cinco elementos previstos en el presente artículo, siendo obligatorios los elementos a, b y c, salvo en los casos, de obras musicales instrumentales y de géneros musicales originarios o tradicionales de zonas geográficas venezolanas donde la incidencia de idiomas extranjeros constituya un elemento integrante de su cultura, en los cuales el literal b no será considerado obligatorio.”
En este parágrafo entra a relucir la consideración como obra musical tradicional Venezolana, uno de los géneros más contagiosos de nuestro folklore como lo es el Calipso guayanés que tiene inmerso la influencia del inglés como idioma y elemento integrante de la cultura propia de la región.
Esa misma providencia también establece los porcentajes de difusión de las obras musicales venezolanas y de tradición Venezolana en su Capítulo 2
ARTICULO 3.- Porcentaje. Los prestadores de servicios de radio y televisión que no estén ubicados en los estados y municipios fronterizos del territorio nacional, difundirán del total de su programación musical diaria, al menos un cincuenta por ciento de obras musicales venezolanas.
Del total de la programación diaria de obras musicales venezolanas, los prestadores de radio y televisión que no estén ubicados en los estados y municipios fronterizos del territorio nacional, dedicarán al menos un cincuenta por ciento a la difusión de obras musicales de tradición venezolana, según la definición establecida en el numeral 2 del artículo 2 de las presentes normas.”
La base de cálculo para la determinación de los porcentajes a los cuales se refiere el presente artículo, será el tiempo total de la programación musical diaria, tomando en cuenta sólo aquellas obras que sean difundidas en su totalidad.”
Aunado a toda esta perfecta definición de cómo debe ser la difusión de las obras musicales venezolanas y de tradición Venezolana, la misma providencia también establece como debe ser la distribución equitativa y no discriminatoria en la difusión de obras musicales en su artículo 4:
La distribución en la difusión de obras musicales venezolanas y de tradición venezolana, deberá efectuarse atendiendo a las condiciones siguientes:
1. Diversidad de compositores, compositoras e intérpretes.
2. Distribución equitativa y no discriminatoria en la difusión de obras musicales.
3. Diversidad de géneros musicales de las distintas zonas geográficas del país.
4. Inclusión de obras musicales donde participen niños, niñas y adolescentes como compositores, compositoras e intérpretes.
Las obras musicales venezolanas y de tradición venezolana se difundirán en el transcurso del horario Todo Usuario y Supervisado de forma proporcional.
La difusión de obras musicales de Latinoamérica y del Caribe se transmitirá en el horario Todo Usuario y Supervisado”.
En base a todo este marco legal que permite consolidar nuestra propuesta para que la programación de UPTM 90.1 Fm se fundamente en música venezolana prácticamente en su totalidad y, aunque más adelante se hará el análisis de cada uno de los programas planteados y su razón de ser, se presentan a continuación la parrilla actual de programación y que en base a la providencia anteriormente expuesta se puede determinar el porcentaje de obras musicales Venezolanas, obras de tradición musical venezolana y obras musicales de Latinoamérica y del Caribe radiadas durante las 24 horas de programación.


A manera de estudio exploratorio


Parrilla de programación (Septiembre 2015) (ver descripción de élla más abajo )
Son en total 32 programas los que en este momento son radiados, la razón de ser de ellos será explicada más adelante, en torno a la Ley Resorte y los contenidos programáticos que la misma establece.
Esos 32 programas, con sus respectivas retrasmisiones suman 66 horas de programación semanal.
El total de horas de programación semanal equivale a multiplicar 7 días de la semana por 24 horas diarias lo que arroja como resultado 168 horas de programación semanal ininterrumpida.
Sin sumar las horas de música de cada uno de esos 32 programas, las cuales analizaremos más adelante en otro cuadro esquemático, tenemos que afirmar responsablemente que más de la mitad de esos programas utilizan en su contenido musical obras musicales venezolanas y obras de tradición musical venezolana, siendo algunos de estos programas inclusive de opinión. Esto nos arroja que más del 50% de nuestra programación se fundamenta en música Venezolana de toda índole.
Si le restamos a las 168 horas de programación semanal las 66 horas que representan los programas radiados existentes en la parrilla programática en estos momentos, nos quedan 102 horas semanales para solo colocar música.
De esas 102 horas semanales para solo colocar música que restan, 14 son de música instrumental del mundo que colocamos de 12 a 2 de la tarde y que por cierto nos ha dado excelentes resultados desde el punto de vista de la audiencia, con un raiting (margen de sintonía) muy elevado para esa hora. Estas 14 horas forman parte de Obras musicales de Latinoamérica y del Caribe de las cuales el artículo 14 de la ley Resorte correspondiente a la democratización en los servicios de Radio y televisión establece en uno de sus Apartes lo siguiente:
Durante los horarios todo usuario y supervisado, los servicios de radio o televisión que difundan obras musicales extranjeras, deberán destinar al menos un diez por ciento (10%) de su programación musical diaria, a la difusión de obras musicales de autores, autoras, compositores, compositoras o intérpretes de Latinoamérica y del Caribe”
La nueva sustracción nos da como resultado, 88 horas de programación restante para solo música en la semana.
Finalmente de nuevo hay que realizar otra resta a esas 88 horas. 7 horas semanales de 6 a 7 de la noche, donde refrescamos nuestra programación con mas Obras musicales de Latinoamérica y del Caribe como son los boleros, las rancheras suaves y las baladas de los años 70 y 80, que también nos ha dado excelentes resultados desde el punto de vista de la audiencia, con un raiting también muy elevado para esa hora.
Esas 21 horas de Obras musicales de Latinoamérica y del Caribe están sustentadas exclusivamente en ese horario que explicamos anteriormente fundamentalmente por 4 razones.
1. De 12 a 2 de la tarde las personas por lo general están en horario de almuerzo y hay quienes en casa toman un pequeño descanso para continuar con la jornada diaria. Pues bien esa música instrumental relaja y es un excelente acompañante para la hora de la comida.
2. La mayoría de las Radios en Mérida a esa hora tienen programas de índole informativo, deportiva y de variedades. Nosotros venimos a ser una opción distinta para quienes aprecien un buen momento de relajación par bajar un poco el stress, con buena música instrumental.
3. De 6 a 7 de la noche, en nuestra ciudad, las colas para el regreso a casa después de la jornada de trabajo se hacen interminables y mucha gente cansada de su jornada diaria de trabajo, prefiere escuchar algo suave que lo trasporte inclusive a un sus mejores recuerdos, y nada mejor que los Boleros, las baladas y las rancheras para ello.
4. Precisamente a esa hora, la programación radial es otra opción para el radioescucha merideño, pues son muy pocas las estaciones radiales que no han entendido que a esa hora, después de todo un día de trabajo, los habitantes están saturada de tanto perreo, sandungueo y bailoteo (expresiones cotidianas de nuestra nueva realidad urbana, desde la reflexión del Regeton)
En definitiva lo que quedan exactamente son 81 horas efectivas para colocar música. Música venezolana en los 2 contextos que rige la ley, obras musicales venezolanas y obras de tradición musical venezolana.
Si lo reflejamos en base a porcentajes tenemos el siguiente cuadro

Horas de programación
Cantidad de horas
Porcentaje en
programación
Horas de programas Radiados a la semana (programas contenidos en la parrilla de programación)
66
39.28 %
Horas de Obras musicales de Latinoamérica y del Caribe (Solo música)
21
12.5 %
Horas de obras musicales venezolanas y obras de tradición musical venezolana (Solo música)
81
48.21 %
Total de Horas de Programación semanal
168
100%

En cuanto a la referencia jurídica que deviene de la ley Resorte para establecer los parámetros que cumplen nuestros 31 programas. El artículo 13 de dicha ley establece:
Se entenderá por producción audiovisual o sonora nacional, los programas, la publicidad o la propaganda, difundidos por prestadores de servicios de radio y televisión, en cuya creación, dirección, producción y postproducción se pueda evidenciar la presencia de los elementos que se citan a continuación:
1. Capital venezolano.
2. Locaciones venezolanas.
3. Guiones venezolanos.
4. Autores o autoras venezolanas.
5. Directores o directoras venezolanos.
6. Personal artístico venezolano.
7. Personal técnico venezolano.
8. Valores de la cultura venezolana.
La determinación de los elementos concurrentes y los porcentajes de cada uno de ellos será dictada por el Directorio de Responsabilidad Social mediante normas técnicas. En todo caso, la presencia de los elementos anteriormente citados en su conjunto no deberá ser inferior al setenta por ciento (70%).”
En este caso muy concreto todo el talento humano, los productores son Venezolanos y se le ha dado prioridad al componente académico en un 70 % por ser nuestra Institución una Universidad, obviamente eso marca de entrada un precedente importante, sin olvidar que también se han incorporado en la programación una buena parte de actores de nuestra comunidad, estudiantes, personal administrativo y de servicios de esta casa de estudios como productores independientes.
Siguiendo con la referencia jurídica de la ley resorte El artículo 14 de la misma correspondiente a la democratización en los servicios de Radio y televisión establece en uno de sus Apartes lo siguiente:
Artículo 14. Los prestadores de servicios de radio y televisión deberán difundir, durante el horario todo usuario, un mínimo de tres horas diarias de programas culturales y educativos, informativos o de opinión y recreativos dirigidos especialmente a niños, niñas y adolescentes, presentados acordes con su desarrollo integral, con enfoque pedagógico y de la más alta calidad”
En ese mismo artículo también se hace referencia a lo siguiente:
Los prestadores de servicios de radio y televisión deberán difundir diariamente, durante el horario todo usuario, un mínimo de siete horas de programas de producción nacional, de las cuales un mínimo de cuatro horas será de producción nacional independiente. Igualmente, deberán difundir diariamente, durante el horario supervisado, un mínimo de tres horas de programas de producción nacional, de los cuales un mínimo de una hora y media será de producción nacional independiente.”
Al respecto a la exigencia lega, está más que cubierta debido a que del 100% de los programas incluidos en la parrilla, el 90 % son en su totalidad, producción nacional y producción nacional independiente.
Pero lo que poderosamente posesiona la teoría de este estilo y esta programación que se ha diseñado para UPTM 90.1 FM, está también fundamentada en este Articulo 14 de la Ley Resorte, dice lo siguiente:
En las horas destinadas a la difusión de programas de producción nacional independiente, los prestadores de servicios de radio o televisión darán prioridad a los programas culturales y educativos e informativos”
Por la condición de ser una casa de estudios universitarios y UPTM 90.1 FM el principal instrumento de información y divulgación, será siempre fundamental mantenerle la prioridad a los programas culturales, educativos e informativos y más aun, lograr mayor difusión de los mismos aprovechando que el área de cobertura geográfica real probada es la siguiente:
Al norte toda la zona adyacente hasta Jají, La Carbonera, La Trampa, la mesa de los indios El páramo de los Conejos y buena parte de la Sierra de la Culata
Al sur toda la zona adyacente hasta Acequias, Tierra negra, El Morro y El Plan del Morro
Al este toda la zona adyacente hasta el segundo túnel Caña Brava de la carretera nacional Rafael Caldera troncal 008. Todo el Municipio Sucre, Mesa Bolívar, Chiguara
Al oeste toda la zona adyacente hasta la Laguna de Mucubají. Lo que implica por supuesto que toda la Ruta del Páramo hasta la mencionada laguna, es cubierta por nuestra señal.
Esto trae como beneficio implícito que nuestro carácter de Emisora institucional nos va a permitir realizar el trabajo deseado de difusión e impulso de toda nuestra programación y de nuestra música por el simple hecho de tener un área de cobertura bien importante. Eso también significa cumplir con el rol de Territorialidad que debe tener la UPTM Kléber Ramírez en Mérida, ejercida a través de su señal Radiofónica UPTM 90.1FM
Planta trasmisora UPTM 901.Fm. Fundo Milagro Elena Escuque

Vista local del área de cobertura de UPTM 90.1FM en el zona metropolitana de Mérida

Todo esto gracias a que la potencia efectiva de transmisión que en este momento tiene nuestro trasmisor es de 1 Kw y que nuestra planta repetidora ubicada en el Fundo Milagro Elena en la parte Alta del sector Escuque ubicado en la parroquia Ignacio Fernández Peña perteneciente al Municipio Campo Elías se encuentra ubicada a 2220 Mts sobre el nivel del mar.



Curvas de nivel, donde se encuentra ubicada la planta trasmisora de UPTM 90.1 FM. Fundo Milagro Elena, parte Alta del sector Escuque, ubicado en la parroquia Ignacio Fernández Peña perteneciente al Municipio Campo Elías se a 2200 mts

Fundamentados entonces nuevamente en la ley resorte extraemos un nuevo fragmento para luego establecer la clasificación de los 32 programas que hemos mantenido al aire. Según dicha ley. La misma en su artículo 5 establece los tipos de programa que deben ser trasmitidos por las estaciones radio y televisión de la siguiente forma:
Artículo 5. A los efectos de la presente Ley se definen los siguientes tipos de programas:
1. Programa cultural y educativo: aquel dirigido a la formación integral de los usuarios y usuarias en los más altos valores del humanismo, la diversidad cultural, así como en los principios de la participación protagónica del ciudadano en la sociedad y el Estado, a los fines de hacer posible entre otros aspectos:
a) Su incorporación y participación en el desarrollo económico, social, político y cultural de la Nación.
b) La promoción, defensa y desarrollo progresivo de los derechos humanos, garantías y deberes, la salud pública, la ética, la paz y la tolerancia.
c) La preservación, conservación, defensa, mejoramiento y mantenimiento del ambiente para promover el desarrollo sustentable del hábitat, en su beneficio y de las generaciones presentes y futuras.
d) El desarrollo de las ciencias, las artes, los oficios, las profesiones, las tecnologías y demás manifestaciones del conocimiento humano en cooperación con el sistema educativo.
e) El fortalecimiento de la identidad, soberanía y seguridad de la Nación.
f) La educación crítica para recibir, buscar, utilizar y seleccionar apropiadamente la información adecuada para el desarrollo humano emitida por los servicios de radio y televisión.
2. Programa informativo: cuando se difunde información sobre personas o acontecimientos locales, nacionales e internacionales de manera imparcial, veraz y oportuna.
3. Programa de opinión: dirigido a dar a conocer pensamientos, ideas, opiniones, criterios o juicios de valor sobre personas, instituciones públicas o privadas, temas o acontecimientos locales, nacionales e internacionales.
4. Programa recreativo o deportivo: dirigido a la recreación, entretenimiento y el esparcimiento de los usuarios y usuarias, y no clasifique como programa de tipo cultural y educativo, informativo o de opinión.
5. Programa mixto: el que combine cualquiera de los tipos de programas anteriormente enumerados. ”
El artículo 6 de la misma ley resorte establece los elementos clasificados de lenguaje, salud, sexo y violencia para entender aun mejor como deben ser enmarcados los mismos 32 programas de UPTM 90.1 FM que están en este momento al aire. Dicho artículo dice lo siguientes.
Artículo 6. A los efectos de esta Ley, se definen los siguientes elementos clasificados: lenguaje, salud, sexo y violencia.
1. Son elementos de lenguaje:
a) Tipo “A”. Textos, imágenes o sonidos de uso común, que pueden ser presenciados por niños, niñas y adolescentes sin que se requiera la orientación de madres, padres, representantes o responsables, y que no clasifiquen en los tipos “B” y “C”.
b) Tipo “B”. Textos, imágenes o sonidos que, en su uso común, tengan un carácter soez.
c) Tipo “C”. Textos, imágenes o sonidos que, en su uso común, tengan carácter obsceno, que constituyan imprecaciones, que describan, representen o aludan, sin finalidad educativa explícita, a órganos o prácticas sexuales o a manifestaciones escatológicas.
2. Son elementos de salud:
a) Tipo “A”. Textos, imágenes o sonidos utilizados para la divulgación de información, opinión o conocimientos sobre la prevención, tratamiento o erradicación del consumo de alcohol, tabaco, sustancias estupefacientes o psicotrópicas, así como de la práctica compulsiva de juegos de envite y azar y de otras conductas adictivas que puedan ser presenciados por niños, niñas y adolescentes sin que se requiera la orientación de madres, padres, representantes o responsables.
b) Tipo “B”. Textos, imágenes o sonidos utilizados para la divulgación de información, opinión o conocimientos sobre la prevención, tratamiento o erradicación del consumo de alcohol, tabaco, sustancias estupefacientes o psicotrópicas, así como de la práctica compulsiva de juegos de envite y azar y de otras conductas adictivas, que de ser presenciados por niños, niñas y adolescentes requieran la orientación de sus madres, padres, representantes o responsables.
c) Tipo “C”. Textos, imágenes o sonidos en los programas y promociones que se refieran directa o indirectamente al consumo moderado de alcohol o tabaco, sin que se expresen explícitamente sus efectos nocivos o tengan como finalidad erradicar las conductas aditivas que producen; al consumo excesivo de bebidas alcohólicas o de tabaco, en los cuales se expresan explícitamente sus efectos nocivos; a la práctica compulsiva a los juegos de envite y azar, en los cuales se expresan explícitamente sus efectos nocivos; o, al consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, en los cuales se expresa explícitamente sus efectos nocivos.
d) Tipo “D”. Textos, imágenes o sonidos en los programas y promociones que directa o indirectamente se refieran al consumo excesivo de bebidas alcohólicas o tabaco, en los cuales no se exprese explícitamente sus efectos nocivos para la salud; se refieran a la práctica compulsiva de juegos de envite y azar, en los cuales no se exprese explícitamente sus efectos nocivos para la salud; asocien el consumo de bebidas alcohólicas o tabaco con ventajas en la posición económica, en la condición social o en el ejercicio de la sexualidad; asocien la práctica compulsiva de juegos de envite y azar, con ventajas en la posición económica, en la condición social o en el ejercicio de la sexualidad; asocien el consumo de bebidas alcohólicas o tabaco con una mejora en el rendimiento físico o psicológico; presenten en forma negativa la sobriedad o la abstinencia de bebidas alcohólicas y tabaco; se refieran al consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, en las cuales no se expresen explícitamente sus efectos nocivos para la salud; asocie el consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas con ventajas en la posición económica, en la condición social o en el ejercicio de la sexualidad; asocien el consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas con una mejora en el rendimiento físico o psicológico; o presenten en forma negativa la abstinencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
3. Son elementos de sexo:
a) Tipo “A”. Textos, imágenes o sonidos utilizados para la difusión de información, opinión y conocimiento sobre salud sexual y reproductiva, maternidad, paternidad, promoción de la lactancia materna y de expresiones artísticas con fines educativos, que pueden ser recibidos por niños, niñas y adolescentes sin que se requiera la orientación de madres, padres, representantes o responsables.
b) Tipo “B”. Textos, imágenes o sonidos utilizados para la difusión de información, opinión y conocimientos sobre sexualidad y reproducción humana y de expresiones artísticas con fines educativos, que de ser recibidas por niños, niñas y adolescentes, requieran la orientación de sus madres, padres, representantes o responsables.
c) Tipo “C”. Textos, imágenes o sonidos sexuales implícitos sin finalidad educativa; o manifestaciones o aproximaciones de carácter erótico que no incluyan actos o prácticas sexuales explícitas.
d) Tipo “D”. Textos, imágenes o sonidos, sobre desnudez sin finalidad educativa, en las cuales no se aludan o muestren los órganos genitales; actos o prácticas sexuales dramatizados, en los cuales no se muestren los órganos genitales; mensajes sexuales explícitos; o dramatización de actos o conductas sexuales que constituyan hechos punibles, de conformidad con la Ley.
e) Tipo “E”. Textos, imágenes o sonidos sobre actos o prácticas sexuales reales; desnudez sin finalidad educativa en las cuales se muestren los órganos genitales; actos o prácticas sexuales dramatizados en los cuales se aludan o muestren los órganos genitales; actos o prácticas sexuales reales o dramatizados en los cuales se amenace o viole el derecho a la vida, la salud y la integridad personal o se menoscabe la dignidad humana; o actos o conductas sexuales reales que constituyan hechos punibles de conformidad con la Ley.
4. Son elementos de violencia:
a) Tipo “A”. Textos, imágenes o sonidos utilizados para la prevención o erradicación de la violencia, que pueden ser presenciados por niños, niñas y adolescentes sin que se requiera la orientación de madres, padres, representantes o responsables, siempre que no se presente el hecho violento o sus consecuencias en forma detallada o explícita.
b) Tipo “B”. Textos, imágenes o sonidos que presenten violencia dramatizada o sus consecuencias de forma no explícita.
c) Tipo “C”. Textos, imágenes o descripciones gráficas utilizadas para la prevención o erradicación de la violencia, que de ser recibidas por niños, niñas o adolescentes, requieren la orientación de sus madres, padres, representantes o responsables, siempre que no presenten imágenes o descripciones gráficas detalladas o explícitas del hecho violento o sus consecuencias.
d) Tipo “D”. Textos, imágenes o descripciones gráficas que presenten violencia real o sus consecuencias, de forma no explícita; o violencia dramatizada o sus consecuencias de forma explícita y no detallada.
e) Tipo “E”. Textos, imágenes o descripciones gráficas que presenten violencia real o dramatizada, o sus consecuencias de forma explícita y detallada; violencia física, psicológica o verbal entre las personas que integran una familia contra niños, niñas y adolescentes o contra la mujer; violencia sexual, la violencia como tema central o un recurso de impacto reiterado; o que presenten, promuevan, hagan apología o inciten al suicidio o a lesionar su propia integridad personal o salud personal. ”
Con todo este argumento legal y conservando por supuesto el espíritu académico que por naturaleza debe mantener nuestra estación, al momento de seleccionar los programas que iban a formar parte de nuestra parrilla programática, se establecieron ciertos parámetros fundamentales para conceder los espacios radiales a los futuros productores que formarían parte del equipo de trabajo de UPTM 90.1 FM:

1. Prioridad a los programas Culturales Y educativos
2. Que mantuviesen elementos del Lenguaje, sexo, salud y violencia preferiblemente en los extractos A y B
Basados entonces en todo este contexto legal, y en las 2 premisas anteriormente descritas, presentamos a continuación un cuadro esquemático para demostrar la clasificación, elementos de lenguaje, salud, sexo y violencia que establece la ley resorte para los 32 programas existentes en nuestra parrilla programática, la natural eza y esencia de los mismos, su horario y el tipo de música que cada uno utiliza.
Estos 32 programas existen y se están radiando a través de UPTM 90.1 FM, prácticamente en su mayoría desde hace 2 años, tiempo de trasmisiones continuas que nuestra señal lleva al aire desde el pasado 23 de septiembre del 2013, lo que implica de cierta forma que este proyecto tiene precisamente esos 2 mismos años en ejecución y que los resultados han sido muy satisfactorios a

través del reconocimiento de diversas instituciones públicas, que se han apoyado con nuestra programación para difundir información y contenidos educativos, como es el caso concreto de IIMPRADEM, a través de su programa Protección Civil Somos Todos, La Comuna 27 de Febrero de los Curos con su espacio Comuna desde adentro y hacia afuera, La Misión Robinson de Ejido, así como muchas otras que se han apoyado a través de promociones institucionales. Y, quizás lo más importante; el contacto directo por la línea telefónica y la mensajería de texto directa al 0414 756 74 17, para felicitarnos por la programación, incluso, para solicitar obras musicales venezolanas y tradicionales Venezolanas, lo que nos da pie para argumentar que poco a poco los objetivos se están alcanzando ” (Pérez, N. 2015)








Programación radial actual en el año 2016:

Estructura organizativa de la Radio:

Coordinación General: Rector Ángel Antúnez

Dirección General: Lic. Edilberto Rodríguez

Coordinación de Programación y Jefe de Grabación:


Lic. Nelsón Pérez

Operadores de Audio:

Adelis Pérez, Wilber Sánchez, José Zerpa


Aporte presupuestario:

La Universidad Politécnica aporta el pago de cada uno de los miembros de la estructura organizativa de la Radio.


Recomendaciones:

  1. Fundamentar el proyecto de la Radio con los sustentos teóricos/prácticos de la Política editorial de la Uptm “K.R.” a los fines de coordinar los Planes, Programas y Proyectos institucionales universitarios y de esta manera desarrollar actividades fundamentales conjuntas en la gestión de conocimiento productivo.
  2. Aumentar el número de programas educativos dirigidos a las escuelas, liceos, unidades de producción, fundos zamoranos
  3. Conseguir apoyo económico de otras instituciones del Estado venezolano para el desarrollo del Proyecto de la Radio.
  4. agregar otras recomendaciones que ustedes consideren



Bibliohemerografía( falta formalizar la presentación de las referencias, al finalizarlos aportes del equipo se conforma la bibliohemerografía):( falta)

CRBV(1999).  Imprenta del estado venezolano.

Delgado, J (2015). Política editorial y gestión de conocimiento. Memorias del V Taller Internacional Humanísticas 2015. Varadero- República de Cuba.

LOE(2008). Imprenta del estado venezolano
LOTTT( año ). Imprenta del estado venezolano